La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el 19 de octubre que el impuesto adicional del 15 por ciento aplicado en 20 municipios de Nayarit para financiar a la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN) es contrario a la Constitución. La decisión se tomó al analizar la Ley del Patronato para Administrar el Impuesto Especial Destinado a la UAN, vigente desde 1970, que establecía un gravamen sobre pagos municipales y estatales.
El mecanismo consistía en que cada contribuyente debía cubrir un 15 por ciento adicional al pagar impuestos, derechos o servicios municipales, recurso que se destinaba íntegramente a la universidad. De acuerdo con el artículo 1 de la ley, el 75 por ciento de lo recaudado se aplicaba al pago de deuda contratada por la institución antes de septiembre de 2021. La Corte invalidó este artículo junto con los numerales 2 y 3, al considerar que forman parte del mismo esquema de cobro.
El Pleno argumentó que la medida violaba el principio de proporcionalidad tributaria, pues el hecho de cumplir con una obligación fiscal no demuestra capacidad económica suficiente para justificar una contribución adicional. Los ministros reconocieron la relevancia de financiar la educación superior, pero subrayaron que los mecanismos de recaudación deben respetar las reglas constitucionales. También se invalidaron las disposiciones que impedían pagar en parcialidades, por aumentar sin justificación la carga económica.
No es la primera vez que el tribunal se pronuncia sobre este tema. En 2023 ya había declarado inválido el cobro en leyes de ingresos municipales de Tepic, Bahía de Banderas, Santiago Ixcuintla y Compostela, exhortando al Congreso local a no repetirlo. La resolución surtirá efectos una vez que se notifique al Congreso de Nayarit, lo que impactará directamente en el presupuesto de la UAN, que contemplaba 47.4 millones de pesos por este concepto en 2026. El fallo no aclara si los contribuyentes podrán recuperar lo ya pagado.

