PROFECO advierte: prohibido incluir propinas automáticas

El marco regulatorio de protección al consumidor establece con claridad que las gratificaciones en restaurantes, bares y centros de hospedaje son de carácter opcional. Las disposiciones vigentes impiden que los establecimientos incluyan montos por concepto de atención de forma automática dentro de la cuenta final de los clientes.

La práctica de condicionar el pago del consumo a la entrega de gratificaciones vulnera los derechos de la población consumidora en zonas turísticas y urbanas. De acuerdo con la directora de la Oficina del Consumidor en Bahía de Banderas, Myrna Encinas, la ley ampara exclusivamente el cobro de los bienes solicitados y consumidos, prohibiendo cualquier cargo adicional no autorizado.

Las verificaciones operativas detectan con frecuencia el ocultamiento de este rubro bajo denominaciones ambiguas como servicios adicionales o cuotas de cubierto en los tickets de pago. Ante estas variaciones contables, la autoridad exhorta a conservar el comprobante de compra para interponer la queja formal ante los canales de inspección correspondientes.

Las acciones de la dependencia abarcan las 38 delegaciones distribuidas en el territorio nacional, con el objetivo de supervisar el cumplimiento estricto de las normas comerciales. La estrategia busca erradicar la imposición injustificada, reconociendo que el estímulo económico debe surgir únicamente del agradecimiento voluntario del cliente frente a una atención de calidad.

La presentación oportuna de denuncias con el soporte del comprobante impreso permite a los inspectores iniciar los procedimientos sancionadores correspondientes. El llamado institucional permanente busca consolidar prácticas comerciales transparentes que protejan la economía de los hogares y de los visitantes en los municipios.